El lunes 21 de mayo en la sede social de la Asociación Cántabra de Entrenadores de Fútbol (ACEF), el pre-candidato a la FCF D. José Ángel Peláez Montes expuso la parte de su programa electoral que afecta al Comité de Entrenadores, ante la asistencia de una treintena de Entrenadores, aceptando sin traba alguna la grabación y difusión del video para llegar al mayor número posible de entrenadores que desarrollan su labor en Cantabria.
Las propuestas más importantes, que logramos sacar de esta exposición, relacionadas con su programa, y las cuáles vamos a considerar como punto de partida del cambio en la forma de actuar en la FCF, al ser por las que ha estado luchando la ACEF durante esta última década, son las siguientes:
1ª.-El Presidente y la Junta Directiva del Comité de Entrenadores de Fútbol de la FCF será elegido por todos los entrenadores, y tendrá la capacidad de organizar, dirigir y potenciar el Comité siendo uno de sus principales cometidos la participación, junto al gabinete jurídico, en la redacción del Libro que reglamente el Comité. Un compromiso que sacamos al candidato fue que en caso de que un articulado no fuera posible se nos dirían las bases legales por las cuáles no es posible.
2ª.-Mediante este Reglamento del Comité, en el que ACEF lleva trabajando desde hace tiempo, dignificaríamos la figura del Entrenador al darle la importancia que se merece, como en otras Federaciones, siendo artículos muy importantes para ACEF los siguientes:
-Clasificar las titulaciones de Entrenador de Fútbol y facultar para entrenar en las categorías con un mínimo de titulación (art. 13, Reg. Comité Entrenadores Andaluz.
-Ser preceptivo, para los equipos adscritos a las distintas categorías territoriales, en sus diversas modalidades, el disponer de un entrenador, que esté en posesión de titulación suficiente para el ejercicio de las funciones técnicas que, a estos les vienen encomendadas (art. 18.1. Reg. Comité Entrenadores Andaluz). Será necesaria la presentación de la licencia de Entrenador Titulado para admitir y aceptar cualquier otro tipo de licencias, no admitiendo retenciones, renovaciones ni inscripciones de jugadores (Circulares Fed. Valenciana y Andaluza).
-Ser preceptivo, para los equipos adscritos a las distintas categorías territoriales, en sus diversas modalidades, el disponer de un entrenador, que esté en posesión de titulación suficiente para el ejercicio de las funciones técnicas que, a estos les vienen encomendadas (art. 18.1. Reg. Comité Entrenadores Andaluz). Será necesaria la presentación de la licencia de Entrenador Titulado para admitir y aceptar cualquier otro tipo de licencias, no admitiendo retenciones, renovaciones ni inscripciones de jugadores (Circulares Fed. Valenciana y Andaluza).
-El libre acceso a los campos de fútbol en que se celebren partidos de competición organizados por la Federación (art. 17.8. Reg. Comité Entrenadores Andaluz) dentro de los Derechos de los Entrenadores.
-Dirigir al equipo en los entrenamientos y desde el banquillo los días de partido (art. 16.2. Reg. Comité Entrenadores Andaluz) dentro del apartado de los Deberes de los Entrenadores.
-Crear una Comisión de Disciplina para velar por el prestigio del colectivo, tanto en el aspecto profesional como deontológico y la defensa de los intereses de sus Colegiados (art. 22) que se ocupe, -además de tramitar las denuncias de resolución de contratos, las reclamaciones por presuntos débitos contractuales y las denuncias de incumplimientos de acuerdos amistosos de pago-, de reglamentar las infracciones específicas del entrenador (art. 24) haciendo hincapié en las más graves (permitir que bajo titulación propia sea otra persona la que ejerza las funciones de entrenador de un equipo, realizar funciones de entrenador con Licencia de 2ª Entrenador por no tener titulación adecuada, entrenar sin titulación o sin licencia,...) que pueden conllevar una sanción con privación de licencia de seis meses a tres años y multa accesoria (art. 25) [Régimen Disciplinario del Reg. Comité Entrenadores Andaluz].
Reglamento Comité Entrenadores Andaluz
Reglamento Comité Entrenadores Asturiano
Reglamento Comité Entrenadores Valenciano
Reglamento Comité Entrenadores Asturiano
Reglamento Comité Entrenadores Valenciano
3º.-Solicitar a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes la Homologación/Convalidación a Técnico Deportivo Medio y Superior de todos los Diplomas Federativos que cumplan el plan de estudios del R.D. 320/2000 (cursos desde el 2000 al 2010), y que la FCF sea Centro reconocido para dar las titulaciones oficiales.
4º.-Formación continua y reciclaje de Entrenadores y Monitores, adaptándonos a los tiempos actuales y a las nuevas tecnologías, en colaboración con la Universidad de Cantabria (Cursos de Verano o Especialización) o la RFEF (Cursos de Entrenador de Porteros y Director Deportivo).